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Quejas

Kern County Sheriff's Office

Cómo presentar una Queja

Se puede presentar una queja por mala conducta del personal de la Oficina del Sheriff de varias maneras, como se describe a continuación. Puede presentar una queja mediante el envío del formulario de quejas sobre el personal de la Oficina del Sheriff del Condado de Kern, ya sea en persona, por teléfono, por correo postal, por correo electrónico o por fax. Cualquier persona puede presentar quejas, entre ellas quejas anónimas.

Puede comunicarse con la Unidad de Asuntos Internos en el edificio de la sede de la Oficina del Sheriff del Condado de Kern, 1350 Norris Road, Bakersfield California 93308, o llamando al (661) 391-7470 entre las 8:00 a. m. y las 5:00 p. m. de lunes a viernes (excepto días festivos). También puede ponerse en contacto con el Centro de Comunicaciones de la Oficina del Sheriff al (661) 861-3110, o con cualquier subestación de la Oficina del Sheriff, y solicitar hablar con un supervisor.

Los formularios de quejas están disponibles para el público en cada estación del Sheriff y en los juzgados del Condado de Kern, en las bibliotecas del Condado de Kern y de manera electrónica en el sitio web de la Oficina del Sheriff (www.kernsheriff.org). El formulario de quejas completo puede sellarse en un sobre marcado como “Asuntos internos” y entregarse en cualquier oficina o subestación de la Oficina del Sheriff del Condado de Kern. Los formularios de quejas sobre el personal también se pueden obtener y devolver por correo postal o llamando al (661) 391-7470. Además, puede presentar una queja por teléfono, llamando al (661) 391-7470 y hablando con un investigador de Asuntos Internos, o por correo electrónico a INTERNALAFFAIRS@KERNSHERIFF.ORG. Desde la Oficina del Sheriff, se aceptará e investigará cualquier queja enviada a través de medios de redes sociales o cualquier otro medio de comunicación no tradicional.

Se solicita la siguiente información para procesar su queja:

  1. Su nombre, dirección y número de teléfono.
  2. El lugar, la fecha y la hora del presunto incidente.
  3. El nombre, la dirección y el número de teléfono (si se dispone de ellos) de todos los testigos del presunto incidente.
  4. Los nombres u otra identificación del personal de la Oficina del Sheriff involucrado.
  5. Todos los detalles del presunto incidente que motiva su queja.
  6. Su firma en los espacios asignados en el formulario de quejas.

Procedimiento de Investigación

Se investigará su queja y se le informará sobre la resolución cuando se haya completado la investigación. El proceso de investigación puede tardar hasta un año en completarse. Una vez finalizados, todos los informes de investigación se conservan durante un período de al menos cinco años. La Oficina del Sheriff del Condado de Kern se compromete a realizar una investigación rápida, justa y exhaustiva de todas las quejas, independientemente de cómo se presenten. Después de una revisión formal de las acusaciones y de los hallazgos de la investigación, recibirá una carta de cierre con una de las siguientes resoluciones:

Admitida: En la investigación, se revelaron pruebas suficientes para demostrar la acusación formulada en la queja. El criterio probatorio es la preponderancia de las pruebas.

No admitida: En la investigación, no se revelaron pruebas suficientes para demostrar ni refutar claramente la acusación formulada en la queja.

Exonerada: El acto o los actos que fundamentaron la acusación o queja se produjeron, pero en la investigación se reveló que eran justificados, lícitos y adecuados.

Infundada: En la investigación, se demostró de manera concluyente que el acto o los actos denunciados no ocurrieron, o que el miembro mencionado en la acusación no estuvo involucrado en el acto o en los actos que pudieron haber ocurrido. (Una acusación no puede ser infundada debido a la imposibilidad de identificar al empleado que supuestamente cometió el acto).

Infundada-insostenible: En la investigación, se determinó que la queja presentada contra el empleado era insostenible. “Insostenible” se define como “total y completamente sin mérito o con el único propósito de acosar a una parte contraria”, Código de Procedimiento Civil de California, párrafo 128.5.

Durante la investigación de la queja, el investigador puede descubrir que el empleado ha cometido otros actos que infringen la política y los procedimientos del departamento o la legislación estatal o federal. Se investigarán dichas infracciones y se dictará una resolución al respecto.

Desde la Oficina del Sheriff del Condado de Kern, se prohíbe expresamente la elaboración de perfiles raciales y de identidad. La Oficina del Sheriff del Condado de Kern se compromete a brindar servicios y a hacer cumplir las leyes de una manera profesional, no discriminatoria, justa y equitativa que mantenga tanto a la comunidad como a los agentes seguros y protegidos. La elaboración de perfiles raciales o de identidad se define como la consideración o la dependencia, en cualquier grado, de raza, color, etnia, origen nacional, edad, religión, identidad o expresión de género, orientación sexual o discapacidad física o mental, ya sea reales o percibidos, a la hora de decidir a qué personas se va a detener o de decidir el alcance o el contenido de las actividades policiales posteriores a la detención, salvo que un agente pueda considerar o depender de las características enumeradas en una descripción específica del sospechoso. Dichas actividades incluyen, entre otras, las detenciones de tráfico o de peatones, o las acciones tomadas durante una detención, como hacer preguntas, cacheos, registros consensuados y no consensuados de una persona o de cualquier propiedad, confiscación de cualquier propiedad, retirada de ocupantes de vehículos durante una parada de tráfico, emisión de una citación y realización de una detención.

No se tolerarán represalias por presentar una queja sobre el personal, y estas contradicen la misión de la Oficina del Sheriff. Se recomienda que cualquier acción de represalia se informe a la Oficina del Sheriff tan pronto como sea posible.

Las políticas (polizas) y los procedimientos de la Oficina del Sheriff del Condado de Kern relacionados con el proceso de quejas de los empleados se pueden encontrar en la “Sección D” en el siguiente enlace web:

https://www.kernsheriff.org/Policies

Si necesita copias físicas de las políticas (polizas) y los procedimientos de la Oficina del Sheriff, puede obtener copias en la sede del Sheriff o en cualquier subestación de la Oficina del Sheriff.